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historia de la patineta

Esa loca idea de deslizarse sobre una tabla con ruedas


La historia del skate

Los primeros skates eran como scooters, parecidos a los que ahora conocemos como patines del diablo. Estas construcciones, de principios del siglo xx se destacaban por llevar ruedas de patines clavadas en una madera la que normalmente tenía una caja de madera clavada con manijas , pero era poco aerodinámico e inestable.
Durante las siguientes cinco décadas, fue cambiando la apariencia del scooter , sacaron la caja y empezaron a poner ruedas de metal. Cientos de patines fueron desmontados y surgieron modificaciones y los riders empezaron a maniobrar más fácilmente.
Hacia 1995 el deporte fue elevado por campeonatos internacionales, películas, revistas y viajes que atravesaban los Estados Unidos con temas de skaters, lo que hizo expandir este deporte por el mundo.
También tuvo bajas en su popularidad debido al poco progreso en el diseño que hacía que los skaters viviesen cayendo de sus tablas. Llegó a prohibirse por medidas de seguridad y salud.
El skateboard resurge en 1970 cuando se desarrolla una rueda de skate hecha de uretano. En esa época los eskaters tenían un aspecto parecido al de los hippis. Usaban el pelo largo y remeras, con shorts parecidos a los de los surfistas californianos.
La música que identificó a estos adolescentes agresivos sobre ruedas fue la de los grupos como The Ramones, Manor Treta, Black Sabbath y Pink Floyd.
En los últimos cuarenta años, el skateboard tuvo picos y caídas. Sin embargo la tecnología ha progresado mucho en el diseño.
Su popularidad nunca desapareció, siempre estuvo en la mente de todos esa loca idea de deslizarse sobre una tabla con ruedas, haciendo saltos y piruetas sorprendentes.
El skate vino para quedarse, para ofrecer atracción, diversión y continuar renovándose.



Las distintas partes del skate







1 - Tabla:
Actualmente la mayoría están hechas de 7 láminas de madera, generalmente de arce canadiense. Las tablas tienen una forma especialmente diseñada para el skate.


2 - Lija:
Va pegada justo encima de la tabla. La lija sirve para proporcionar el agarre que se requiere para realizar los trucos. Cuando decimos "agarre" nos referimos a la tracción entre los zapatos y la tabla, para poder controlar el skateboard.


3 - Ejes:
Son dos y van acoplados a los lados, sin llegar a los extremos. Generalmente están hechos de aluminio, pero pueden ser de diversos metales. Los ejes soportan las ruedas, y sirven para realizar los giros, porque poseen una goma flexible.

4 - Ruedas:
Son 4 y van adosadas a ambos extremos de los ejes, y están hechas de un material llamado uretano. Son de diferente tamaño en función del estilo de skate que se practica. Las más normales rondan entorno a los 52 mm. Sin embargo si el estilo es callejero, se usan ruedas pequeñas, menores a 53 mm de diámetro. En rampa, se usan ruedas grandes, para la velocidad; mayores de 56 mm.

5 - Rodamientos:
Son un par de anillos metálicos con 6, 7 u 8 bolas en su interior, protegidos por dos discos finos. Suelen ser de aluminio. Cada skate lleva 8 rodamientos, 2 por rueda.

6 - Tornillería:
Para el skate se necesitan 8 tornillos para mantener los ejes y la tabla unidos y 4 tuercas para que no se desprendan las ruedas, estas tuercas son enroscadas en el mismo eje.
A la parte delantera del monopatín se le llama nose (nariz), y a la trasera tail (cola). El nose es más grande que el tail, es decir, más ancho y más largo midiendo desde los tornillos hasta la punta de la tabla. El pie de atrás va en el tail y el de adelante en el nose.



sus partes y accesorios


Notas.

1.           

a)      las velas para árboles de Navidad (partida 34.06);

b)      los artículos de pirotecnia para diversión de la partida 36.04;

c)   los hilados, monofilamentos, cordones, cuerdas de tripa y similares para la pesca, incluso cortados en longitudes determinadas pero sin montar en sedal con anzuelo, del Capítulo 39, partida 42.06 ó Sección XI;

d)      las bolsas para artículos de deporte y demás continentes, de las partidas 42.02, 43.03 ó 43.04;

e)      las prendas de vestir de deporte, así como los disfraces de materia textil, de los Capítulos 61 ó 62;

f)    las banderas y cuerdas de gallardetes, de materia textil, así como las velas para embarcaciones, deslizadores o vehículos terrestres, del Capítulo 63;

g)   el calzado (excepto el fijado a patines para hielo o patines de ruedas) del Capítulo 64 y los tocados especiales para la práctica de deportes del Capítulo 65;

h)   los bastones, fustas, látigos y artículos similares (partida 66.02), así como sus partes (partida 66.03);

ij)   los ojos de vidrio sin montar para muñecas, muñecos u otros juguetes de la partida 70.18;

k)   las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Sección XV, de metal común (Sección XV) y los artículos similares de plástico (Capítulo 39);

l)    las campanas, campanillas, gongos y artículos similares, de la partida 83.06;

m) las bombas para líquidos (partida 84.13), aparatos para filtrar o depurar líquidos o gases (partida 84.21), motores eléctricos (partida 85.01), transformadores eléctricos (partida 85.04) y aparatos de radiotelemando (partida 85.26);

n)   los vehículos de deporte de la Sección XVII, excepto los toboganes, “bobsleighs” y similares;

o)   las bicicletas para niños (partida 87.12);

p)   las embarcaciones de deporte, tales como canoas y esquifes (Capítulo 89), y sus medios de propulsión (Capítulo 44, si son de madera);

q)   las gafas (anteojos) protectoras para la práctica de deportes o juegos al aire libre (partida 90.04);

r)   los reclamos y silbatos (partida 92.08);

s)   las armas y demás artículos del Capítulo 93;

t)    las guirnaldas eléctricas de cualquier clase (partida 94.05);

u)   las cuerdas para raqueta, tiendas (carpas) de campaña, artículos de acampar y guantes, mitones y manoplas de cualquier materia (régimen de la materia constitutiva).

2.   Los artículos de este Capítulo pueden llevar simples guarniciones o accesorios de mínima importancia de metal precioso, chapado de metal precioso (plaqué), perlas naturales o cultivadas o piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas).

3.   Salvo lo dispuesto en la Nota 1 anterior, las partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a los artículos de este Capítulo se clasificarán con ellos.

4.   La partida 95.03 no comprende los artículos que por su concepción, forma o materia constitutiva sean reconocibles como destinados exclusivamente para animales, por ejemplo: los juguetes para mascotas (animales de compañía) (clasificación según la partida que resulte más apropiada).



CODIGO

D  E  S  C  R  I  P  C  I  O  N

Uni-
dad
AD-VALOREM
IMP.
EXP.






95.01
Juguetes de ruedas concebidos para que se monten los niños (por ejemplo: triciclos, patinetas, monopatines, coches de pedal); coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos.










9501.00
Juguetes de ruedas concebidos para que se monten los niños (por ejemplo: triciclos, patinetas, monopatines, coches de pedal); coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos.










9501.00.01
Triciclos o cochecitos de pedal o palanca.
Pza
30
Ex.







9501.00.02
Partes o piezas sueltas.
Kg
20
Ex.







9501.00.99
Los demás.
Pza
30
Ex.







95.02
Muñecas y muñecos que representen solamente seres humanos.










9502.10
- Muñecas y muñecos, incluso vestidos.










9502.10.01
Que contengan mecanismos operados eléctrica o electrónicamente, excepto lo comprendido en la fracción 9502.10.02.
Pza
30
Ex.







9502.10.02
De altura inferior o igual a 30 cm, incluso si están articulados o contienen mecanismos operados eléctrica o electrónicamente.
Pza
30
Ex.







9502.10.99
Los demás.
Pza
30
Ex.








- Partes y accesorios:










9502.91
-- Prendas y sus complementos (accesorios), de vestir, calzado, y sombreros y demás tocados.










9502.91.01
Prendas y sus complementos (accesorios), de vestir, calzado, y sombreros y demás tocados.
Kg
23
Ex.







9502.99
-- Los demás.










9502.99.01
Subensambles eléctricos o electrónicos, reconocibles como concebidos exclusivamente para los productos de las fracciones 9502.10.01 y  9502.10.02.
Kg
30
Ex.







9502.99.99
Los demás.
Kg
30
Ex.







95.03
Los demás juguetes; modelos reducidos “a escala” y modelos similares, para entretenimiento, incluso animados; rompecabezas de cualquier clase.










9503.10
- Trenes eléctricos, incluidos los carriles (rieles), señales y demás accesorios.










9503.10.01
Trenes eléctricos, incluidos los carriles (rieles), señales y demás accesorios.
Kg
23
Ex.







9503.20
- Modelos reducidos “a escala” para ensamblar, incluso animados, excepto los de la subpartida 9503.10.










9503.20.01
Terapéutico-pedagógicos, reconocibles como concebidos exclusivamente para usos clínicos, para corregir disfunciones psicomotrices o problemas de lento aprendizaje,  en instituciones de educación especial o similares.
Kg
20
Ex.







9503.20.02
A escala, de madera de balsa.
Kg
30
Ex.







9503.20.99
Los demás.
Kg
30
Ex.







9503.30
- Los demás juegos o surtidos y juguetes de construcción.










9503.30.01
Terapéuticos-pedagógicos, reconocibles como concebidos exclusivamente para usos clínicos, para corregir disfunciones psicomotrices o problemas de lento aprendizaje,  en instituciones de educación especial o similares.
Kg
20
Ex.







9503.30.99
Los demás.
Kg
30
Ex.








- Juguetes que representen animales o seres no humanos:










9503.41
-- Rellenos.










9503.41.01
Rellenos.
Pza
30
Ex.







9503.49
-- Los demás.










9503.49.01
De papel o cartón.
Kg
30
Ex.







9503.49.02
Terapéuticos-pedagógicos, reconocibles como concebidos exclusivamente para usos clínicos, para corregir disfunciones psicomotrices o problemas de lento aprendizaje,  en instituciones de educación especial o similares.
Kg
20
Ex.







9503.49.99
Los demás.
Kg
30
Ex.







9503.50
- Instrumentos y aparatos, de música, de juguete.










9503.50.01
Terapéuticos-pedagógicos, reconocibles como concebidos exclusivamente para usos clínicos, para corregir disfunciones psicomotrices o problemas de lento aprendizaje,  en instituciones de educación especial o similares.
Kg
20
Ex.







9503.50.99
Los demás.
Kg
30
Ex.







9503.60
- Rompecabezas.










9503.60.01
Terapéuticos-pedagógicos, reconocibles como concebidos exclusivamente para usos clínicos, para corregir disfunciones psicomotrices o problemas de lento aprendizaje,  en instituciones de educación especial o similares.
Kg
20
Ex.







9503.60.02
De papel o cartón, excepto lo comprendido en la fracción 9503.60.01.
Kg
30
Ex.







9503.60.99
Los demás.
Kg
30
Ex.







9503.70
- Los demás juguetes presentados en juegos o surtidos de dos o más artículos diferentes acondicionados en el mismo envase para su venta al por menor.










9503.70.01
Terapéuticos-pedagógicos, reconocibles como concebidos exclusivamente para usos clínicos, para corregir disfunciones psicomotrices o problemas de lento aprendizaje,  en instituciones de educación especial o similares.
Kg
20
Ex.







9503.70.02
Juegos o surtidos concebidos para la representación de un personaje, de un trabajo o de un oficio.
Kg
30
Ex.







9503.70.99
Los demás.
Kg
30
Ex.







9503.80
- Los demás juguetes y modelos, con motor.










9503.80.01
Terapéuticos-pedagógicos, reconocibles como concebidos exclusivamente para usos clínicos, para corregir disfunciones psicomotrices o problemas de lento aprendizaje,  en instituciones de educación especial o similares.
Kg
20
Ex.







9503.80.02
Partes y accesorios.
Kg
30
Ex.







9503.80.99
Los demás.
Kg
30
Ex.







9503.90
- Los demás.










9503.90.01
Abacos.
Kg
30
Ex.







9503.90.02
Terapéuticos-pedagógicos, reconocibles como concebidos exclusivamente para usos clínicos, para corregir disfunciones psicomotrices o problemas de lento aprendizaje,  en instituciones de educación especial o similares.
Kg
20
Ex.







9503.90.03
Motores, excepto eléctricos reconocibles como concebidos exclusivamente para montarse en juguetes o en modelos, reducidos.
Kg
13
Ex.







9503.90.04
Preparaciones de materias plásticas, o caucho, reconocibles como concebidas para formar globos por insuflado.
Kg
30
Ex.







9503.90.05
Juguetes inflables, incluso las pelotas de juguete fabricadas exclusivamente de materias plásticas, excepto lo comprendido en la fracción 9503.90.04.
Kg
30
Ex.







9503.90.06
Destinados a niños de hasta 36 meses de edad, excepto lo comprendido en la fracción 9503.90.05.
Kg
30
Ex.







9503.90.07
Partes y accesorios reconocibles como concebidos exclusivamente para los productos comprendidos en la fracción 9503.90.06.
Kg
30
Ex.







9503.90.08
Las demás partes, piezas y accesorios, excepto lo comprendido en la fracción 9503.90.07.
Kg
30
Ex.







9503.90.99
Los demás.
Kg
30
Ex.







95.04
Artículos para juegos de sociedad, incluidos los juegos con motor o mecanismo, billares, mesas especiales para juegos de casino y juegos de bolos automáticos (“bowlings”).










9504.10
- Videojuegos de los tipos utilizados con receptor de televisión.










9504.10.01
Consolas de videojuegos, de las utilizadas con receptor de televisión.
Pza
23
Ex.







9504.10.02
Cartuchos conteniendo programas para videojuegos de los tipos utilizados con un receptor de televisión.
Pza
13
Ex.







9504.10.03
Partes y accesorios.
Kg
18
Ex.







9504.20
- Billares y sus accesorios.










9504.20.01
Tizas y bolas de billar.
Kg
23
Ex.







9504.20.99
Los demás.
Kg
23
Ex.







9504.30
- Los demás juegos activados con monedas, billetes de banco, fichas o demás artículos similares, excepto los juegos de bolos automáticos (“bowlings”).










9504.30.01
Partes y accesorios.
Kg
18
Ex.







9504.30.99
Los demás.
Kg
23
Ex.







9504.40
- Naipes.










9504.40.01
Naipes.
Kg
23
Ex.







9504.90
- Los demás.










9504.90.01
Pelotas de celuloide.
Kg
30
Ex.







9504.90.02
Bolas, excepto lo comprendido en la fracción 9504.90.01.
Pza
30
Ex.







9504.90.03
Bolos o pinos de madera; aparatos automáticos para acomodar los bolos o pinos y regresar las bolas a su lugar de lanzamiento  (“bowlings”), sus partes o piezas sueltas.
Kg
23
Ex.







9504.90.04
Autopistas eléctricas.
Kg
23
Ex.







9504.90.05
Partes sueltas y accesorios reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9504.90.04.
Kg
18
Ex.







9504.90.06
Juegos de salón o familiares fabricados de cualquier material.
Kg
30
Ex.







9504.90.07
Partes y componentes reconocibles como concebidos exclusivamente para los productos comprendidos en la fracción 9504.90.06.
Kg
30
Ex.







9504.90.08
Los demás cartuchos conteniendo programas para videojuegos.
Pza
13
Ex.







9504.90.99
Los demás.
Kg
18
Ex.







95.05
Artículos para fiestas, carnaval u otras diversiones, incluidos los de magia y artículos sorpresa.










9505.10
- Artículos para fiestas de Navidad.










9505.10.01
Artículos para fiestas de navidad.
Kg
30
Ex.







9505.90
- Los demás.










9505.90.99
Los demás.
Kg
30
Ex.







95.06
Artículos y material para cultura física, gimnasia, atletismo, demás deportes (incluido el tenis de mesa) o para juegos al aire libre, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo; piscinas, incluso infantiles.











- Esquís para nieve y demás artículos para la práctica del esquí de nieve:










9506.11
-- Esquís.










9506.11.01
Esquís.
Par
18
Ex.







9506.12
-- Sujetadores o fijadores para esquís.










9506.12.01
Sujetadores o fijadores para esquís.
Kg
18
Ex.







9506.19
-- Los demás.










9506.19.99
Los demás.
Kg
18
Ex.








- Esquís acuáticos, tablas, deslizadores de vela y demás artículos para la práctica de deportes náuticos:










9506.21
-- Deslizadores de vela.










9506.21.01
Deslizadores de vela.
Pza
23
Ex.







9506.29
-- Los demás.










9506.29.01
Tablas, con peso inferior o igual a 50 Kg.
Kg
18
Ex.







9506.29.99
Los demás.
Kg
23
Ex.








- Palos de golf ("clubs"), individuales o en juegos, y demás artículos para golf:










9506.31
-- Palos de golf ("clubs"), completos, individuales o en juegos.










9506.31.01
Palos de golf ("clubs"), completos, en juegos.
Pza
30
Ex.







9506.31.99
Los demás.
Pza
18
Ex.







9506.32
-- Pelotas.










9506.32.01
Pelotas.
Kg
25
Ex.







9506.39
-- Los demás.










9506.39.01
Palos incompletos de golf.
Pza
18
Ex.







9506.39.99
Los demás.
Kg
23
Ex.







9506.40
- Artículos y material para tenis de mesa.










9506.40.01
Artículos y material para tenis de mesa.
Pza
30
Ex.








- Raquetas de tenis, "badminton" o similares, incluso sin cordaje:










9506.51
-- Raquetas de tenis, incluso sin cordaje.










9506.51.01
Esbozos.
Pza
18
Ex.







9506.51.99
Las demás.
Pza
30
Ex.







9506.59
-- Las demás.










9506.59.99
Las demás.
Kg
18
Ex.








- Balones y pelotas, excepto las de golf o de tenis de mesa:










9506.61
-- Pelotas de tenis.










9506.61.01
Pelotas de tenis.
Kg
25
Ex.







9506.62
-- Inflables.










9506.62.01
Inflables.
Kg
25
Ex.







9506.69
-- Los demás.










9506.69.99
Los demás.
Kg
18
Ex.







9506.70
- Patines para hielo y patines de ruedas, incluido el calzado con patines fijos.










9506.70.01
Patines para hielo y patines de ruedas, incluido el calzado con patines fijos.
Par
23
Ex.








- Los demás:










9506.91
-- Artículos y material para cultura física, gimnasia o atletismo.










9506.91.01
Jabalinas.
Pza
13
Ex.







9506.91.02
Partes, piezas y accesorios.
Kg
18
Ex.







9506.91.99
Los demás.
Kg
18
Ex.







9506.99
-- Los demás.










9506.99.01
Espinilleras y tobilleras.
Kg
18
Ex.







9506.99.02
Artículos para el tiro de arco, asi como sus partes o accesorios reconocibles como destinados exclusiva o principalmente a dichos artículos.
Kg
25
Ex.







9506.99.03
Redes para deportes de campo.
Pza
18
Ex.







9506.99.04
Caretas.
Pza
25
Ex.







9506.99.05
Trampolines.
Pza
25
Ex.







9506.99.99
Los demás.
Kg
18
Ex.







95.07
Cañas de pescar, anzuelos y demás artículos para la pesca con caña; salabardos, cazamariposas y redes similares; señuelos (excepto los de las partidas 92.08 ó 97.05) y artículos de caza similares.










9507.10
- Cañas de pescar.










9507.10.01
Cañas de pescar.
Pza
25
Ex.







9507.20
- Anzuelos, incluso montados en sedal.










9507.20.01
Anzuelos, incluso montados en sedal.
Kg
25
Ex.







9507.30
- Carretes de pesca.










9507.30.01
Carretes de pesca.
Kg
25
Ex.







9507.90
- Los demás.










9507.90.99
Los demás.
Kg
25
Ex.







95.08
Tiovivos, columpios, casetas de tiro y demás atracciones de feria; circos, zoológicos y teatros, ambulantes.










9508.10
- Circos y zoológicos ambulantes.










9508.10.01
Circos y zoológicos ambulantes.
Pza
23
Ex.







9508.90
- Los demás.










9508.90.01
Autos de choque u otro tipo de automóviles, para feria, incluso cuando se presenten con sus autódromos.
Pza
23
Ex.







9508.90.02
Aparatos mecánicos o electromecánicos, para ferias, excepto lo comprendido en la fracción 9508.90.01.
Pza
23
Ex.







9508.90.99
Los demás.
Pza
23
Ex.